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Inicio Comunidad de Madrid

Primer día laborable en el que los vehículos con «etiqueta A» no pueden circular por la M-30

Por Redacción
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Primer día laborable en el que los vehículos con «etiqueta A» no pueden circular por la M-30

M30 // Imagen de archivo

  • La medida es aplicable a los vehículos no empadronados. Desde el 1 de enero de 2025 los empadronados tampoco podrán hacerlo.
  • Las sanciones alcanzan los 200 euros.

El Ayuntamiento de Madrid ha activado desde este domingo, 1 de enero, una nueva restricción al tráfico rodado más contaminante: los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la capital no podrán circular por la M-30.

Esta medida se suma a la implantada el pasado 1 de enero de 2022 que limita el acceso y la circulación a esta tipología de coches por el interior de la vía de circunvalación M-30.

Según el Consistorio madrileño, gracias a las medidas implantadas mediante la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, los accesos de los turismos A en el interior de la M-30 se han reducido un 64,5% entre junio de 2019 y septiembre de 2022, pasando de 544.033 a los 192.799.

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Las limitaciones mencionadas afectan a la denominada como Madrid Zona de Bajas Emisiones (regulada en el artículo 21, la disposición transitoria primera y el anexo II de la OMS).

Madrid ZBE limita progresivamente, hasta 2025, el tránsito a los turismos más contaminantes por las vías de la ciudad, es decir, aquellos que funcionan con gasolina y fueron matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel previos a 2006.

CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN

Así, el calendario de implantación de restricciones para los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior será el siguiente:

  • Desde el 1 de enero de 2022, tienen prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2023, tienen prohibido el acceso y circulación a estos mismos turismos por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
  • Desde el 1 de enero de 2024, quedará prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los vehículos mencionados.
  • Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para los turismos A domiciliados en Madrid y que figuren de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Desde esta fecha, tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehículos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenían restricciones.

Así, todo el término municipal se convertirá progresivamente en zona de bajas emisiones (Madrid ZBE), conviviendo con las dos ZBE de Especial Protección que están en vigor, Distrito Centro y Plaza Elíptica, que cuentan con unos criterios de acceso más restrictivos.

CONTROLES ALEATORIOS

Desde el Área de Medio Ambiente y Movilidad se establecerá un operativo de vigilancia especial formado por agentes de movilidad para garantizar el cumplimiento de la normativa en M-30 y su interior. Los efectivos se situarán en puestos aleatorios.

El acceso no permitido a Madrid ZBE, al igual que con las otras dos Zbedep, suponía hasta el 20 de marzo de 2022 una infracción leve de tráfico conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 75.c) y podía ser sancionada con 90 euros (45 euros si es por pronto pago), conforme a los artículos 80.1 y 81 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

No obstante, debido a la modificación de la citada ley, desde el 21 de marzo de 2022, se sanciona como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, conforme a lo previsto en los artículos 18, 76.z3 y 80.1, (100 euros si es por pronto pago).

PRÓRROGA PARA VEHÍCULOS DE MERCANCÍAS

Cabe recordar que el Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó en el mes de diciembre una prórroga anual para los vehículos ligeros de mercancías (menos de 3.500 kilogramos) con clasificación ambiental B para que puedan continuar accediendo a la ZBE Distrito Centro hasta el 31 de diciembre de 2023.

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida valoró esta medida con un sector “que ha sufrido las consecuencias de la crisis económica y permite facilitar la distribución de mercancías en el centro de la ciudad, donde se concentra la mayor actividad comercial, contribuyendo así al buen desarrollo de la actividad económica”.

Además, la regulación de Madrid ZBE y de las Zbedep Distrito Centro y Plaza Elíptica “responde a la necesidad del Ayuntamiento de Madrid de promover la sostenibilidad en toda la ciudad para combatir la contaminación y proteger la salud pública, compatibilizándolo con el desarrollo de la actividad económica”. A día de hoy, “Madrid registra los mejores niveles de calidad del aire de la serie histórica”, destacó Almeida.

Etiquetas: CirculaciónM30MadridMovilidad
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